Logo
Dom, 05/26/2013 - 00:52

Ver la versión completa de www.elespectador.com

Compartir en:

Opinión | Vie, 08/10/2012 - 23:10

El ministro Peñaloza

Por: Alberto Donadio
.
Para aclarar el caso del ministro de Transporte, Miguel Esteban Peñaloza, él podría voluntariamente divulgar la declaración de bienes y rentas que presentó al posesionarse hace dos meses, y todas las anteriores desde 2006, cuando fue nombrado consejero presidencial para las regiones.

Según Daniel Coronell, una firma familiar del ministro, PYG Asesorías Integrales, ha recibido miles de millones de pesos en contratos del Estado por llevar más de 1.700 procesos judiciales.

Cuando se dictó en 1995 el Estatuto Anticorrupción, se obligó a los funcionarios a presentar una declaración juramentada al posesionarse y luego cada año. Parecía un buen radar para detectar el enriquecimiento ilícito. En la declaración constan los ingresos recibidos, las cuentas bancarias, la participación en sociedades y juntas. Revela más que la declaración de renta. Con un aditamento: el funcionario debe especificar bajo juramento que los bienes y rentas declarados son los únicos que posee a nombre propio o por interpuesta persona. Es decir, si tiene testaferros estaría cometiendo el delito de falsedad.

Recién dictado el Estatuto, varios ministros me entregaron sin objeción sus declaraciones. De memoria recuerdo a Juan Carlos Esguerra, entonces minguerra. Pero después el radar se volvió secreto. El ciudadano Franky Urrego pidió las declaraciones de Álvaro Uribe y Francisco Santos, que le negaron porque “se enmarcan dentro del derecho a la intimidad”, el mismo que invocó Fritanga para que la Policía no repartiera fotos de su fiesta de bodas, tan íntima. Urrego acudió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, donde el magistrado Luis Manuel Lasso dictó la sentencia: “Declárase bien denegada la petición”. Pensé entonces que los organismos de control, que si fueran un país tendrían más habitantes que Mónaco o San Marino, habrían descubierto muchos casos de enriquecimiento ilícito al examinar las declaraciones juramentadas, que para ellos no son secretas. Y resulta que no. Según una base de datos de sentencias, en los últimos 17 años, desde cuando se dictó el Estatuto Anticorrupción, el gran radar ha servido para tres cosas. A Luis Eduardo Manotas, técnico judicial de la Fiscalía en Barranquilla, lo declararon insubsistente muy poco antes de la pensión. Le negaron la tutela que tramitó, pues en la declaración juramentada reportaba dos inmuebles. No valió explicar que no le producían renta pues en uno vivía con su compañera y el otro era la casa de su esposa e hijos. A un empleado de la Registraduría en Bucaramanga, Eduardo Prada Niño, que pidió amparo del mínimo vital pues lo declararon insubsistente tras 22 años de trabajo, de los cuales los últimos 10 como invidente, para negar la tutela la justicia le sacó en cara que en su declaración de bienes y rentas registraba muebles e inmuebles por $253 millones. A la señora Gloria Himelda Piragauta, funcionaria de la Dirección de Presupuesto, la destituyó el ministro de Hacienda por no registrar en la declaración juramentada una cuenta bancaria donde le consignaban una pensión gracia. Ésta se da a los maestros mayores de 50 años y con más de 20 de servicio y equivale a la mitad del sueldo. La señora Piragauta fue 33 años maestra de primaria en Boyacá y Bogotá, antes de entrar al Ministerio. Sostuvo que era legal recibir la pensión y el sueldo en Hacienda y el Consejo de Estado le dio la razón. El ministro Peñaloza ha tenido cargos más importantes y mejores ingresos. La opinión pública tiene derecho a someterlo, con declaración juramentada en la mano, al mismo escrutinio severísimo y sospechoso que se le aplicó a la señora Piragauta por una bicoca.

.
Alberto Donadio
.

.
Nuestras secciones
REGRESAR A INICIO | OPINIÓN | DEPORTES | ENTRETENIMIENTO | TECNOLOGÍA | POLÍTICA | JUDICIAL | ECONOMÍA | EL MUNDO | BOGOTÁ | CULTURA